Concursal y Empresas

Concurso de acreedores: orden en lugar de caos.

El concurso no es el final: es el marco legal que paraliza embargos, ordena la deuda y le permite negociar o continuar. Presentado a tiempo, protege también su responsabilidad personal como administrador.

Primera consulta sin coste · Le atiende un socio · Respuesta en 24 h

En qué consiste

¿Qué resuelve realmente un concurso de acreedores?

Es el procedimiento judicial que ordena la insolvencia de una empresa: paraliza ejecuciones y embargos, sienta a los acreedores en un mismo marco y abre dos salidas posibles, el convenio que permite continuar la actividad o la liquidación ordenada. Presentado a tiempo, protege al administrador; presentado tarde, es precisamente lo que le expone.

¿Le suena esto?

Si se reconoce en alguna de estas frases, tiene algo que reclamar.

No hace falta que lo entienda todo. Con que identifique una sola de estas situaciones, ya tenemos por dónde empezar: la revisamos nosotros, documento a documento, sin coste.

5 señales habituales
  • 01

    No puede atender nóminas, Hacienda o Seguridad Social en los próximos dos meses.

  • 02

    Los embargos y las reclamaciones ya bloquean su actividad diaria.

  • 03

    Su tesorería solo aguanta refinanciando con más deuda cara.

  • 04

    Le preocupa responder con su patrimonio personal por las deudas de la sociedad.

  • 05

    Un acreedor le ha amenazado con solicitar el concurso.

El esquema de su caso

De su situación de hoy a la resolución

Situación hoy

Tesorería agotada y acreedores encima

No puede atender pagos corrientes, hay embargos en curso y proveedores reclamando a la vez.

Lo que hacemos

Diagnóstico y presentación ordenada

Analizamos viabilidad, elegimos la vía (convenio, plan de reestructuración o liquidación) y presentamos con la documentación completa.

Resultado

Insolvencia ordenada y administrador protegido

Se paralizan las ejecuciones, la empresa gana orden y el deber legal de solicitar el concurso queda cumplido.

¿Su caso encaja?

Cuándo hay que llamarnos ya

Sí, hablemos

  • Lleva meses eligiendo a qué proveedor paga cada semana.
  • Tiene deuda con Hacienda o Seguridad Social y embargos anunciados.
  • Ha recibido demandas o ejecuciones de varios acreedores a la vez.
  • Sabe que no podrá pagar sus obligaciones dentro de los próximos dos o tres meses.

Aquí no le servimos

  • Su problema es puntual de liquidez y tiene financiación firmada: primero valoramos refinanciar.
  • Busca vaciar la sociedad antes de concursar: en ese caso no somos su despacho.

Cómo lo resolvemos

Un procedimiento claro, dirigido por un socio de principio a fin.

  1. 01

    Diagnóstico económico

    Nuestro departamento financiero fija la situación real: insolvencia actual o inminente, masa activa y pasiva.

  2. 02

    Elección de vía

    Concurso con continuidad, convenio con acreedores o liquidación ordenada. Se decide con números, no con intuiciones.

  3. 03

    Solicitud y declaración

    Preparamos la solicitud completa y la defendemos ante el juzgado mercantil de Madrid.

  4. 04

    Tramitación

    Interlocución con la administración concursal, calificación y cierre. Le acompañamos hasta el final.

Calendario real

Qué pasa, en qué orden y cuánto tarda.

  1. Diagnóstico y decisión

    Semanas 1-2

    Revisamos balance, deuda, contratos y avales personales. Decidimos vía y calendario con usted.

  2. Preparación del expediente

    Semanas 2-6

    Memoria, inventario y lista de acreedores. Aquí se gana o se pierde el procedimiento.

  3. Auto de declaración

    1-3 meses

    El juzgado declara el concurso, nombra administración concursal y se suspenden ejecuciones.

  4. Convenio o liquidación

    6-24 meses

    Se negocia el convenio con los acreedores o se liquida de forma ordenada la unidad productiva.

Los plazos varían entre juzgados mercantiles. Anticiparse dos meses cambia por completo el margen de negociación.

Comparativa

Presentar a tiempo o dejar que le demanden

ConsecuenciaConcurso voluntario a tiempoConcurso forzoso o inacción
Calificación del concursoFortuita en la mayoría de casos si se presentó en plazo.Riesgo real de calificación culpable por retraso.
Responsabilidad del administradorSe acredita diligencia: el deber legal se cumplió.Posible responsabilidad por el déficit y su patrimonio personal en juego.
Continuidad del negocioCabe convenio o venta de unidad productiva con actividad viva.Normalmente liquidación con la empresa ya paralizada.
Control del procesoUsted elige el momento, la estrategia y la narrativa.Lo marca el acreedor que demanda.

Avisos

Lo que agrava la responsabilidad del administrador

  • Aviso 01Pagar a unos acreedores y no a otros en los meses previos, sin criterio legal.
  • Aviso 02Retirar fondos, vender activos a vinculados o cancelar avales propios antes de concursar.
  • Aviso 03Dejar de llevar contabilidad al día o presentar cuentas incompletas.
  • Aviso 04Esperar a que llegue la primera ejecución para pedir asesoramiento.

Coste y plazos

Gratis

Primera valoración

Estudiamos su documentación y le decimos si hay caso. Si no lo hay, se lo decimos igual.

Cerrado

Presupuesto

Precio acordado por escrito antes de empezar, con posibilidad de fraccionarlo. Sin sorpresas al final.

24 h

Tiempo de respuesta

Le llamamos en un día laborable. Su urgencia no espera a la semana que viene.

35

años en los juzgados mercantiles de Madrid

«Cuando el administrador nos llama a tiempo, la conversación es sobre estrategia. Cuando nos llama tarde, es sobre su patrimonio personal.»

Valentín Rodríguez Gómez · Socio fundador

Lo esencial de un vistazo

Efecto inmediato
Paraliza ejecuciones y embargos
Objetivo
Continuidad o cierre sin arrastre personal
Riesgo evitado
Concurso culpable por retraso

Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan antes de empezar.

Si su duda no está aquí, llámenos: se la resolvemos en la primera conversación, con la respuesta que corresponda a su caso y no una genérica.

+34 91 435 76 90
¿Voy a responder con mi patrimonio personal?+

Si el concurso se presenta en plazo y la gestión ha sido diligente, lo habitual es que no. El riesgo aparece cuando se retrasa la solicitud o se pagan unas deudas antes que otras sin criterio.

¿Puedo seguir operando durante el concurso?+

Sí, muchas empresas continúan su actividad durante el procedimiento. Es precisamente uno de los objetivos que perseguimos.

¿Cuánto tarda?+

Un concurso de empresa pequeña o mediana en Madrid suele desarrollarse entre uno y dos años, con hitos claros que le explicamos desde el inicio.

Consulta gratuita

Presentar a tiempo cambia el resultado. Hablemos esta semana.

Déjenos su nombre, teléfono y email. Le llamamos hoy mismo en horario de oficina, sin compromiso y sin tecnicismos.

  • Le atiende un socio, no un comercial
  • Le decimos hoy si su caso tiene solución
  • 35 años defendiendo a clientes frente a la banca
91 435 76 90

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